El Artículo 14 c) de la Ley 38/2003, de 17 noviembre, General de Subvenciones (LGS), establece como una de las obligaciones de los beneficiarios de una subvención la de “someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores”.
Los Planes de Actuación comprenden una muestra de las subvenciones cuya concesión se dictó al amparo de las convocatorias del año correspondiente.
2022
El Plan Anual de Actuación 2022 de comprobación de realización de las actividades
subvencionadas comprende las siguientes convocatorias: