Cannabis - Aspectos regulatorios: Organismos Internacionales

Cannabis - Aspectos regulatorios
Cannabis - Aspectos regulatorios
Cannabis - Aspectos regulatorios

Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE)

 

Página principal (inglés): International Narcotics Control Board (INCB)

Página principal (español): Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE)

Datos de contacto

La Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE) es un Órgano independiente y prácticamente judicial, constituido por expertos. 

Se estableció en virtud de la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes mediante la fusión de dos Órganos:

  • Comité Central Permanente de Estupefacientes, creado en virtud de la Convención Internacional del Opio de 1925 .
  • Órgano de Fiscalización de Estupefacientes, creado por la Convención para limitar la fabricación, y reglamentar la distribución de estupefacientes de 1931. 

La JIFE está integrada por 13 miembros, cada uno de ellos elegido por el Consejo Económico y Social y desempeñan su mandato durante cinco años. Los miembros pueden ser reelegidos; diez de ellos se eligen de una lista de candidatos propuestos por los gobiernos. Los tres restantes se eligen de una lista de candidatos propuestos por la Organización Mundial de la Salud (OMS), por su experiencia médica, farmacológica o farmacéutica. Los miembros de la Junta han de ser personas que, por su competencia, imparcialidad y desinterés, inspiren confianza general. Una vez designados, los miembros de la Junta ejercen sus funciones imparcialmente y a título personal, con total independencia de los gobiernos.

FUENTE: Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes. (JIFE)

 

PUBLICACIONES JIFE:

TETRAHIDROCANNABINOL (THC):

Códigos IDS

Denominación común internacional

Otras denominaciones comunes o farmacológicas

Denominación química

 

PT 002

 

TETRAHIDROCANNABINOL

 

THC

Tetrahidrocannabinol, los siguientes isómeros y sus variantes estereoquímicas:

delta-6a(10a)-THC

7,8,9,10-tetrahidro-6,6,9-trimetil-3-pentil-6H-dibenzo[b,d] piran-1-ol

delta-6a(7)-THC

(9R,10aR)-8,9,10,10a-tetrahidro-6,6,9-trimetil-3-pentil- 6H-dibenzo[b,d]piran-1-ol

delta-7-THC

(6aR,9R,10aR)-6a,9,10,10a-tetrahidro-6,6,9-trimetil-3-pentil- 6H-dibenzo[b,d]piran-1-ol

delta-8-THC

(6aR,10aR)-6a,7,10,10a-tetrahidro-6,6,9-trimetil-3-pentil- 6H-dibenzo[b,d]piran-1-ol

delta-10-THC

6a,7,8,9-tetrahidro-6,6,9-trimetil-3-pentil-6H-dibenzo[b,d] piran-1-ol

delta-9(11)-THC

(6aR,10aR)-6a,7,8,9,10,10a-hexahidro-6,6-dimetil-9-metileno-3-pentil-6H-dibenzo[b,d]piran-1-ol

 

PT 006                                        TMA    

 

(±)-3,4,5-trimetoxi-α-metilfenetilamina

Fuente: INCB. Nueva Lista Verde: Lista de sustancias Psicotrópicas sometidas a Fiscalización Internacional

(34ª ed. actualizada a diciembre 2023)

 

Portal de la Transparencia